Se extiende la factibilidad de pago en cuotas con determinada flexibilización del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para determinados sujetos y períodos fiscales y se disponen diversas consideraciones en los débitos de las cuotas de los planes de pago.
💰 Plan: facilidades de pago «Mini Plan» 🔎 Cuotas: Anticipo 25% + 3 cuotas mensuales 🚶♂️🏭 Sujetos: Personas Humanas y Jurídicas DDJJ cierres Mayo 2022 (vto Oct 2022) 💰 Impuesto: Ganancias y Bienes Personales ➗ Tasas: preferenciales (TNA Plazo Fijo 180 días BNA + %) 📆 Fecha de consolidación: ídem fecha pago a cuenta ❌ Caducidad: falta cancelación 1 cuota después 30 días 🚫 SIPER: inaplicabilidad Categ A, B, C y D (no aplica «E») 🙋♂️ Solicitud: hasta mes siguiente vto DDJJ 📆 Vigencia. Plazo: hasta 30/11/2022 (ant 31/10/2022) (NUEVO) |
💰 Plan: facilidades de pago permanente 🚫 Cantidad de planes, Cuotas y Tasa interés adicional: sin consideración SIPER (todos) 📆 Vigencia. Plazo: hasta 31/10/2022 (NUEVO) |
📍 Planes de pago: todos ❌ Cuota impaga: rehabilitación una vez vencida (NUEVO) 💰 Cuotas más de $ 100 millones: pago vía VEP (NUEVO) ❌Cuotas. Imposibilidad débito: pago vía VEP y notificación previa AFIP al DFE (NUEVO) |
📅 Aplicatoriedad: vencimientos desde 02/11/2022 📅 Vigencia: 01/11/2022 |
Fuente :Tributum